Chilpancingo,
Gro., 9 de julio de 2014.- Con el objetivo de salvaguardar los derechos y la autonomía
de los pueblos y comunidades indígenas plasmados
el artículo 12 de la Constitución General de la República, la dirigencia
estatal de MORENA asesoró legalmente a la población indígena de varios
municipios sobre la reforma integral a la Constitución del estado, la cual es inconstitucional,
porque perjudica a las comunidades indígenas y no se reconoce a la Policía
Comunitaria.
El secretario general del Comité Ejecutivo Estatal, Rubén Cayetano
García, informó que en asambleas las comunidades indígenas aprobaron y firmaron
una impugnación que ayer fue entregada ante un juez de distrito acompañado de 5
mil 686 firmas.
Explicó que a partir de que en el artículo 14 de la reforma
constitucional no se reconoce textualmente la existencia de la Policía
Comunitaria, por lo que se emprendió una campaña de información de lo que legal
y jurídicamente representa la reforma en los municipios y comunidades de
población indígena.
Señaló que se acudieron a varias asambleas en los municipios de Cochoapa,
San Luis Acatlán, Xochistlahuaca, Tlacoachistlahuaca, Cuajinicuilapa, Ometepec,
Juchitlán, Marquelia y Ayutla, donde los indígenas tomaron la decisión de
impugnar las reformas a la Constitución, que el Congreso local aprobó en abril
pasado.
En el amparo que fue presentado ante el juez de distrito con sede en Acapulco, están demandados o señalados como
autoridades responsables el Congreso local en su 60 legislatura, el gobernador
Ángel Aguirre Rivero como autoridad promulgadora, el secretario General de
Gobierno, Jesús Martínez Garnelo, como refrendador del decreto, y el director
del Periódico Oficial del gobierno del estado, Pedro Julio Valdez Téllez,
porque no publicó la reforma aprobada.
Dijo que como prueba se presentó una copia certificada que
le entregó el Institutito de Trasparencia y Acceso a la Información Gubernamental (ITAIG), en la que constata que
no se publicó en tiempo en el Periódico Oficial, y recordó que la Suprema Corte
de Justicia de la Nación (SCJN) dictaminó que reforma que no se publica a
tiempo, no entra en vigor y no se puede acatar por los particulares a los que
va dirigida.
Además, la impugnación presentada ante los tribunales federales es para que
se defina si la reforma integral que realizó el Congreso a la Constitución de
Guerrero es legal, debido a que no tienen claro si el Poder Legislativo local
tiene la facultad de cambiar toda la Constitución, porque de 126 artículos que
tenía, ahora tiene 200, y entonces se debió erigir como un órgano constituyente.
Dijo que la reforma en su conjunto es inconstitucional, porque se
perjudica a las comunidades indígenas, pues en el artículo 12 de la
Constitución General de la República se establece que los pueblos y comunidades
indígenas, así como los individuos que las integran, tienen autonomía y libre
autodeterminación, también en asuntos de carácter político para poder elegir a
sus autoridades y de seguridad.
Puso como ejemplo que en la reforma a la Constitución del estado no se reconoce a la
Coordinadora Regional de Autoridades Comunitarias (CRAC), y aunque reconoce a
las policías comunitarias no encajan ahí otras instituciones indígenas.