Tlapa, Gro., 13 de marzo de 2013.- El Movimiento Regeneración Nacional (MORENA) participó en el quinto Foro Regional para la Reforma Integral de la Constitución Política del Estado de Guerrero que organizó en esta ciudad en Congreso Local a través de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos.
A CONTINUACIÓN LA PROPUESTA DE MORENA GUERRERO LEÍDA POR EL SECRETARIO DE ASUNTOS INDÍGENAS, MACEDONIO MENDOZA BASURTO:
DIPUTADA Y
DIPUTADOS DE LA COMISIÓN DE ASUNTOS
CONSTITUCIONALES Y JURÍDICOS DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA RESPONSABLE DE
DICTAMINAR SOBRE LA REFORMA A LA CONSTITUCIÓN LOCAL:
SEÑORAS Y SEÑORES:
MORENA continúa dejando constancia de que no sólo
busca constituirse en partido político nacional para participar en los procesos
electorales, sino que considera necesario intervenir en los temas que pueden
ser de trascendencia en la vida política y social de los guerrerenses, como lo
es la discusión sobre los cambios que deben hacerse a nuestra Constitución
Política Local.
En el primer Foro realizado en Chilpancingo, decidimos
hacer 23 cuestionamientos y aportaciones al proyecto de reforma integral constitucional,
entre los que podemos nombrar: el exceso de facultades de parte del ejecutivo
sin contrapesos del Congreso; la creación de una Corte Constitucional Local que
vigile el debido cumplimiento de la nueva Constitución; una auténtica autonomía
de instituciones como la Auditoría General del Estado, Instituto de
Transparencia, la Fiscalía General, en los que no debe participar, en su
integración el gobernador, entre otras
propuestas. En el segundo Foro de Acapulco, propusimos la conveniencia de la
revocación de mandato. En el tercero de Zihuatanejo, hemos propuesto que en
relación al artículo 16 de la iniciativa que establece que: para su régimen
interior, el Estado de Guerrero adopta la forma de gobierno republicano,
democrático, laico, representativo, popular y participativo; se adicionen los
términos: deliberativo y comunitario, para que los asuntos de interés general
sean deliberados por aquellos a quienes afecta o repercute una decisión tomada
desde el gobierno y las cúpulas del poder público. En el cuarto Foro celebrado
en Ometepec, expusimos la necesidad de reforzar nuestro sistema de procuración
e impartición de justicia, obsoleto en la región costachiquense.
Pronto haremos entrega al órgano legislativo del
total de propuestas completas sobre los aspectos que consideramos necesarios
adicionar y aquéllos que deben ser modificados, reforzados o de plano
eliminados.
Para justificar la propuesta que vamos a presentar y
que tiene que ver con esta región de la Montaña, con un alto porcentaje de
habitantes y zonas indígenas, aquejada además por la alta marginación y pobreza
extrema, me permito exponer:
Históricamente nuestros hermanos
indígenas han padecido violaciones a sus derechos humanos y muchos de estos
flagelos tienen que ver con su condición de indígenas, es por ello que hoy proponemos que disposiciones fundamentales de la
Ley de Reconocimiento, Derechos y Cultura de los Pueblos y Comunidades
Indígenas del Estado de Guerrero (Ley 701) se eleven a rango constitucional, ya
que actualmente sólo se contienen en ésta Ley Regulatoria del artículo 10 de la
actual Constitución.
Éste artículo establece: “Son habitantes del
Estado todas las personas que radiquen en su Territorio.
Los poderes del Estado y los
Ayuntamientos, en sus respectivos ámbitos de competencia y en el marco de la
Constitución General de la República y de la Constitución Política del Estado
de Guerrero, proveerán a la
incorporación de los pueblos indígenas al desarrollo económico y social y a la
preservación y fomento de sus manifestaciones culturales.”
De
éste artículo de la Constitución Local emana la Ley 701, como regulatoria del
artículo 10.
En
la propuesta del gobernador, los pueblos o derechos indígenas ya no están en el
capítulo de los habitantes del Estado, son trasladados al capítulo de Derechos
de la Justicia Social, y se encuentran conjuntamente con la protección a la
familia, el derecho universal a la salud, al trabajo, a la alimentación, el
derecho a la naturaleza; entre otros. Como parte de los Derechos Humanos de los
Guerrerenses, que si bien es un amplísimo catálogo de derechos, son muy
genéricos y únicamente declarativos.
No se encuentran en el proyecto los derechos de los
indígenas y de los cuales se pide se eleven a categoría constitucional, los
siguientes derechos sustanciales:
1.- La definición clara y específica de quienes tienen el carácter de
indígenas, para que no quede duda alguna
sobre quienes acceden a los derechos consagrados para estas personas.
Lo anterior en virtud de que el artículo 15 de la
Ley 701, dispone ese derecho de pertenencia, reivindicatorio o autoproclama al
ámbito indígena, que debe ser respetado y consagrado constitucionalmente, ya
que el reconocimiento de esos derechos en específico, constituye la tutela de
los mismos y que mejor que se estipulen a rango de la Carta Magna local.
2.- El derecho a recibir educación en su idioma o lengua, ya que el tema de la educación debe consagrarse en
la Constitución local, tal como está establecido en la Constitución del país.
3.- Debe establecerse a favor de los indígenas el derecho de petición
en sus lenguas. Esto implica que
todo escrito presentado ante autoridades estatales y municipales por cualquier
indígena en particular o por cualquier autoridad de un pueblo o comunidad
indígena, podrá ser redactado en su propia legua o en español, garantizándose
desde luego su atención y respuesta por parte del estado o municipio, lo que
implica el reconocimiento pleno de sus lenguas por parte del estado.
4.- Debe añadirse que para acceder plenamente a la
jurisdicción del estado, tomando en consideración sus usos, costumbres y demás
especificidades culturales bajo la asistencia de intérpretes y defensores
calificados para tales efectos, sean
traductores bilingües, nombrados de oficio de manera gratuita y pagados por el
estado.
5.- Aplicar sus propios sistemas normativos de justicia indígena en la regulación y
solución de sus conflictos internos, con sujeción a lo dispuesto al orden
constitucional y legal.
6.- Promover el fomento artesanal: apoyando la creatividad artesanal y
artística de los indígenas.
7.- Impulsar el desarrollo económico de los pueblos indígenas con el
apoyo del estado para que accedan a una vida más digna y decorosa.
8.- Llevar a rango constitucional el nombre e identidad de los pueblos
indígenas Naua o Náhuatl, Na savi o Mixteco, Me´ phaa o Tlapaneco y Ñomdaa o
Amuzco.
9.- Definir ampliamente en la nueva Constitución el concepto de
territorio a favor de los indígenas, así como la libre determinación de éstos
sobre sus tierras y comunidades.
Las propuestas antes enumeradas, son derechos ya
conquistados por los pueblos indígenas y sus miembros, mediante la Ley 701, sin
embargo emanan de un texto ya obsoleto y corto, que nos habla de una
incorporación de dichos pueblos, como si los indígenas estuvieran desincorporados del resto del pueblo de
Guerrero.
Elevar a rango constitucional, concretamente las
propuestas antes hechas, aseguraría los derechos de los indígenas que hoy
contiene una ley secundaria o reglamentaria, misma que debe prevalecer acorde
al artículo constitucional que corresponda consagrar dichos derechos, pues debe
ser una norma regulatoria de un precepto constitucional y no minimizada o
reducida a una fracción (la VIII del numeral 2 del artículo 6)
de la iniciativa enviada por el gobernador del Estado. Proponemos un artículo
aparte, que reconozca esos derechos ya proclamados.
Amigas y amigos:
Los derechos históricos de los indígenas de Guerrero
y que han sido recopilados en esta propuesta, ya se encuentran instituidos en
la Ley 701, pero han sido amagados por un decreto que los trastoca, por lo que
debe proveerse su aseguramiento en la próxima constitución guerrerense a efecto
de que ningún interés acomodaticio violente su vigencia reivindicatoria, por la
paz y armonía de los pueblos y hermanos indígenas y del pueblo de Guerrero.
Por eso desde MORENA proponemos una vez más, una
Constitución de avanzada y vanguardista, acorde a la realidad del tiempo y
espacio de su aplicación; su tarea señora diputada y señores diputados ausentes es la de estar a la altura del
acontecer actual del pueblo guerrerense, así lo demandamos y estaremos muy
atentos para que los derechos de los pueblos indígenas sean elevados a rango
constitucional, pero respetando siempre su autonomía y libre determinación ya
reconocidos.
Muchas gracias.
Tlapa de Comonfort, Guerrero, a 13 de
marzo de 2013.