Propuesta
presentada por Rubén Cayetano García, Secretario General de MORENA GUERRERO en el Segundo Foro de Consultas a la Reforma Integral de la Constitución Política del Estado organizado por el Congreso local:
Diputada y diputados de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos
de la Sexagésima Legislatura responsable de dictaminar sobre la Reforma a la Constitución
local:
Señoras y
señores:
Con nuestra participación en el primer y segundo
foro convocado por el Congreso Estatal, MORENA
deja constancia que no sólo busca constituirse en partido político para
participar en los procesos electorales, sino que considera necesario intervenir
en los temas que pueden ser de trascendencia en la vida política y social de
los guerrerenses, como lo es la discusión sobre los cambios que deben hacerse a
nuestra Constitución Política Local.
En el primer Foro decidimos realizar 23
cuestionamientos y aportaciones al proyecto de reforma integral constitucional.
Hoy participamos en éste segundo foro y tal como lo dijimos en el primero,
vamos a ir exponiendo de manera desarrollada y más elaborada lo que pensamos
del proyecto a discusión y como lograr que tengamos una verdadera constitución
democrática y de avanzada. Oportunamente haremos entrega al órgano legislativo
de una propuesta completa sobre los aspectos que consideramos necesario
adicionar y aquéllos que deben ser modificados, reforzados o de plano
eliminados.
Hoy
vamos a referirnos a la figura de revocación
de mandato que debe incluirse, porque no se incluye, en la iniciativa de
reforma, si queremos una constitución democrática y participativa:
La Carta Magna establece, en su
artículo 39, que la soberanía nacional reside esencial y
originariamente en el pueblo y que es voluntad del pueblo constituirse en una
republica democrática federal, en esta tesitura, el pueblo tiene la facultad de
elegir a sus representantes mediante sufragio.
Sin embargo, la
forma de representación y mandato no implica de manera alguna que los
gobernados entreguen la soberanía, más bien delegan facultades y designan
representantes, que deben sujetar su actuación a los lineamientos previstos por
la propia Constitución, por ello la importancia de incluir ésta herramienta en
la reforma de que se trata, para que sea la ciudadanía la que tenga el poder en
todo momento y bajo los lineamientos de democracia participativa y a través de
la revocación de mandato, es decir, requerimos reforzar el control popular
sobre el gobierno y estimular a los funcionarios públicos electos a ser más
responsables con sus electores.
Mediante el
procedimiento de revocación de mandato, el electorado tiene el derecho a quitar
del cargo a un funcionario público a quien él mismo eligió, antes de que
concluya el periodo de su mandato. Es decir, el pueblo, mediante el sufragio,
decide la continuidad en el desempeño del cargo de un funcionario de elección
popular. Se consideran causales para que el pueblo solicite la revocación de
mandato de un funcionario público electo las siguientes: actos de corrupción,
ineficiencia, violación de la constitución sobre la que jura y protesta,
violación de derechos humanos y pérdida de legitimidad.
Existen varios
argumentos a favor de la revocación de mandato o destitución, entre ellos
destacan:
-
Refuerza el control popular sobre el gobierno.
-
La existencia de la revocación estimula a los funcionarios públicos electos a
ser más responsables con sus electores.
-
Estimula a los votantes a jugar un rol de supervisión más activo en relación a
los funcionarios electos.
La revocación de
mandato se fundamenta en los principios de soberanía popular, representación y
rendición de cuentas, a través de los cuales el pueblo ejerce su soberanía.
En México, el
artículo 115 de la Constitución General de la República, imprimió la revocación
de mandato como facultad de los congresos locales, al señalar en su fracción 1,
párrafo tercero, lo siguiente:
“Las legislaturas locales, por acuerdo de las
dos terceras partes de sus integrantes, podrán suspender ayuntamientos, declarar
que éstos han desaparecido y suspender o revocar el mandato a alguno de sus
miembros, por alguna de las causas graves que la ley local prevenga, siempre y
cuando sus miembros hayan tenido oportunidad suficiente para rendir las pruebas
y hacer los alegatos que a su juicio convengan.”
En nuestro
estado no podemos sustraernos a ese mandato supremo y una democracia como la
que aspiramos en guerrero, requiere fortalecer sus mecanismos de participación
ciudadana, el pueblo debe tener el derecho de revocar un mandato cuando la mala
actuación de sus representantes así lo amerite, de lo contrario la ciudadanía
queda sujeta a los arbitrios y designios de un regidor, síndico, diputado local,
presidente municipal o un gobernador, desvinculado de los intereses y
necesidades de sus representados.
En el proyecto o
iniciativa que se cuestiona la figura de la revocación de mandato, solo es
nombrada de pasadita y únicamente por cuanto hace a los miembros de los
Ayuntamientos, como facultad del Congreso, resultando vergonzante que
únicamente los ediles sean sujetos de la revocación de mandato, como si sólo
estos han sido nombrados o electos por el pueblo y nadie más. Aunque tampoco
explica de que manera serán revocados, siendo insuficiente la iniciativa.
Si bien los
artículos 194 y 195 de la iniciativa, se refieren a las responsabilidades de
los servidores públicos y a la responsabilidad política y aunque en la segunda
fracción del numeral 2, del segundo artículo referido incluye a los
representantes populares antes mencionados (regidores, síndicos, diputados
locales, presidentes municipales o el gobernador) y a otros, al momento de
plantear la sanción de esas responsabilidades incurridas, tan solo establece la
destitución o la inhabilitación de los servidores públicos.
Pero esa
redacción resulta insuficiente para cumplir con el artículo 39 de la
Constitución Federal, al que me he referido al principio de ésta exposición, y
que salvaguarda la soberanía que tiene el pueblo para cambiar (alterar o
modificar) la forma de su gobierno, resultando como está la iniciativa
absolutamente antidemocrática, pues no puede concebirse el otorgamiento de un
mandato popular por parte del pueblo, sin la posibilidad de ser revocado en
caso de incurrir en alguna de las responsabilidades previamente establecidas,
que dicho sea de paso, deben quedar claramente definidas.
Los que ostentan
cargos de representación popular y que han sido designados por el electorado,
no son servidores públicos comunes –como un auditor, secretario de despacho del
ejecutivo, magistrado o procurador, etcétera, que sí pueden ser destituidos- los
representantes populares, tienen la particularidad, digamos adicional, de ser
mandatarios y no pueden ser técnicamente destituidos, ya que nadie tendrá esa
facultad por encima del pueblo. Lo que procede en todo caso, es la revocación
de ese poder otorgado por el sufragio mediante el procedimiento que también
debe establecerse en la Constitución Local y precisamente en éstos artículos
relativos a las responsabilidades públicas y políticas.
Las leyes son producto
del acontecer actual, de otra manera son rebasadas o desfasadas,
constituyéndose en letra muerta. Significa que las leyes deben estar a la
altura de las circunstancias. Por lo tanto, retomando el tema, si nuestra
próxima Constitución no contemplara la revocación de mandato, eso contribuiría
a mantener en la impunidad malos a servidores públicos que, nada más con revisar
las cuentas públicas de cada municipio cada vez que concluyen su mandato nos
percataríamos del daño que causan por su incapacidad y deshonestidad
esencialmente, cuando en tiempo se pudo revocar el mandato ejercido
indebidamente como ocurrió aquí en Acapulco, con la pasada administración. Ignorar
la revocación del mandato en una iniciativa constitucional como la discutida,
sería un mensaje muy negativo a los guerrerenses de parte de ustedes señores
legisladores en quienes recae la responsabilidad histórica de buscar la debida
sanción a representantes populares incapaces e irresponsables y así acabar con
la forma tradicional de hacer política: aquella en que quienes detentan el
poder no privilegian el servicio a los demás en la justa medianía, sino la
oportunidad de servirse haciendo negocio al amparo del poder público y a costa
del sufrimiento de la mayoría.
Es hora de
actuar en consecuencia y darnos orden constitucional, como lo he dicho a la
altura de las circunstancias que demanda nuestro tiempo. Desde Morena
proponemos la revocación del mandato.
Muchas gracias.
Acapulco, Gro; a 11 de febrero de 2013.