martes, 12 de febrero de 2013

Incluir la revocación de mandato en la Constitución Política de Guerrero propone MORENA


Propuesta presentada por Rubén Cayetano García, Secretario General de MORENA GUERRERO en el Segundo Foro de Consultas a la Reforma Integral de la Constitución Política del Estado organizado por el Congreso local:

Diputada y diputados de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos de la Sexagésima Legislatura responsable de dictaminar sobre la Reforma a la Constitución local:

Señoras y señores:


Con nuestra participación en el primer y segundo foro convocado por el Congreso Estatal, MORENA  deja constancia que no sólo busca constituirse en partido político para participar en los procesos electorales, sino que considera necesario intervenir en los temas que pueden ser de trascendencia en la vida política y social de los guerrerenses, como lo es la discusión sobre los cambios que deben hacerse a nuestra Constitución Política Local.

En el primer Foro decidimos realizar 23 cuestionamientos y aportaciones al proyecto de reforma integral constitucional. Hoy participamos en éste segundo foro y tal como lo dijimos en el primero, vamos a ir exponiendo de manera desarrollada y más elaborada lo que pensamos del proyecto a discusión y como lograr que tengamos una verdadera constitución democrática y de avanzada. Oportunamente haremos entrega al órgano legislativo de una propuesta completa sobre los aspectos que consideramos necesario adicionar y aquéllos que deben ser modificados, reforzados o de plano eliminados.
           
       Hoy vamos a referirnos a la figura de revocación de mandato que debe incluirse, porque no se incluye, en la iniciativa de reforma, si queremos una constitución democrática y participativa:
            
       La Carta Magna establece, en su artículo 39, que la soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo y que es voluntad del pueblo constituirse en una republica democrática federal, en esta tesitura, el pueblo tiene la facultad de elegir a sus representantes mediante sufragio.

Sin embargo, la forma de representación y mandato no implica de manera alguna que los gobernados entreguen la soberanía, más bien delegan facultades y designan representantes, que deben sujetar su actuación a los lineamientos previstos por la propia Constitución, por ello la importancia de incluir ésta herramienta en la reforma de que se trata, para que sea la ciudadanía la que tenga el poder en todo momento y bajo los lineamientos de democracia participativa y a través de la revocación de mandato, es decir, requerimos reforzar el control popular sobre el gobierno y estimular a los funcionarios públicos electos a ser más responsables con sus electores.
          
  Mediante el procedimiento de revocación de mandato, el electorado tiene el derecho a quitar del cargo a un funcionario público a quien él mismo eligió, antes de que concluya el periodo de su mandato. Es decir, el pueblo, mediante el sufragio, decide la continuidad en el desempeño del cargo de un funcionario de elección popular. Se consideran causales para que el pueblo solicite la revocación de mandato de un funcionario público electo las siguientes: actos de corrupción, ineficiencia, violación de la constitución sobre la que jura y protesta, violación de derechos humanos y pérdida de legitimidad.

Existen varios argumentos a favor de la revocación de mandato o destitución, entre ellos destacan:

- Refuerza el control popular sobre el gobierno.

- La existencia de la revocación estimula a los funcionarios públicos electos a ser más responsables con sus electores.

- Estimula a los votantes a jugar un rol de supervisión más activo en relación a los funcionarios electos.

La revocación de mandato se fundamenta en los principios de soberanía popular, representación y rendición de cuentas, a través de los cuales el pueblo ejerce su soberanía.

En México, el artículo 115 de la Constitución General de la República, imprimió la revocación de mandato como facultad de los congresos locales, al señalar en su fracción 1, párrafo tercero, lo siguiente:

“Las legislaturas locales, por acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes, podrán suspender ayuntamientos, declarar que éstos han desaparecido y suspender o revocar el mandato a alguno de sus miembros, por alguna de las causas graves que la ley local prevenga, siempre y cuando sus miembros hayan tenido oportunidad suficiente para rendir las pruebas y hacer los alegatos que a su juicio convengan.”

En nuestro estado no podemos sustraernos a ese mandato supremo y una democracia como la que aspiramos en guerrero, requiere fortalecer sus mecanismos de participación ciudadana, el pueblo debe tener el derecho de revocar un mandato cuando la mala actuación de sus representantes así lo amerite, de lo contrario la ciudadanía queda sujeta a los arbitrios y designios de un regidor, síndico, diputado local, presidente municipal o un gobernador, desvinculado de los intereses y necesidades de sus representados.

En el proyecto o iniciativa que se cuestiona la figura de la revocación de mandato, solo es nombrada de pasadita y únicamente por cuanto hace a los miembros de los Ayuntamientos, como facultad del Congreso, resultando vergonzante que únicamente los ediles sean sujetos de la revocación de mandato, como si sólo estos han sido nombrados o electos por el pueblo y nadie más. Aunque tampoco explica de que manera serán revocados, siendo insuficiente la iniciativa.

Si bien los artículos 194 y 195 de la iniciativa, se refieren a las responsabilidades de los servidores públicos y a la responsabilidad política y aunque en la segunda fracción del numeral 2, del segundo artículo referido incluye a los representantes populares antes mencionados (regidores, síndicos, diputados locales, presidentes municipales o el gobernador) y a otros, al momento de plantear la sanción de esas responsabilidades incurridas, tan solo establece la destitución o la inhabilitación de los servidores públicos.

Pero esa redacción resulta insuficiente para cumplir con el artículo 39 de la Constitución Federal, al que me he referido al principio de ésta exposición, y que salvaguarda la soberanía que tiene el pueblo para cambiar (alterar o modificar) la forma de su gobierno, resultando como está la iniciativa absolutamente antidemocrática, pues no puede concebirse el otorgamiento de un mandato popular por parte del pueblo, sin la posibilidad de ser revocado en caso de incurrir en alguna de las responsabilidades previamente establecidas, que dicho sea de paso, deben quedar claramente definidas.

Los que ostentan cargos de representación popular y que han sido designados por el electorado, no son servidores públicos comunes –como un auditor, secretario de despacho del ejecutivo, magistrado o procurador, etcétera, que sí pueden ser destituidos- los representantes populares, tienen la particularidad, digamos adicional, de ser mandatarios y no pueden ser técnicamente destituidos, ya que nadie tendrá esa facultad por encima del pueblo. Lo que procede en todo caso, es la revocación de ese poder otorgado por el sufragio mediante el procedimiento que también debe establecerse en la Constitución Local y precisamente en éstos artículos relativos a las responsabilidades públicas y políticas.

Las leyes son producto del acontecer actual, de otra manera son rebasadas o desfasadas, constituyéndose en letra muerta. Significa que las leyes deben estar a la altura de las circunstancias. Por lo tanto, retomando el tema, si nuestra próxima Constitución no contemplara la revocación de mandato, eso contribuiría a mantener en la impunidad malos a servidores públicos que, nada más con revisar las cuentas públicas de cada municipio cada vez que concluyen su mandato nos percataríamos del daño que causan por su incapacidad y deshonestidad esencialmente, cuando en tiempo se pudo revocar el mandato ejercido indebidamente como ocurrió aquí en Acapulco, con la pasada administración. Ignorar la revocación del mandato en una iniciativa constitucional como la discutida, sería un mensaje muy negativo a los guerrerenses de parte de ustedes señores legisladores en quienes recae la responsabilidad histórica de buscar la debida sanción a representantes populares incapaces e irresponsables y así acabar con la forma tradicional de hacer política: aquella en que quienes detentan el poder no privilegian el servicio a los demás en la justa medianía, sino la oportunidad de servirse haciendo negocio al amparo del poder público y a costa del sufrimiento de la mayoría.

Es hora de actuar en consecuencia y darnos orden constitucional, como lo he dicho a la altura de las circunstancias que demanda nuestro tiempo. Desde Morena proponemos la revocación del mandato.
                        Muchas gracias. 
Acapulco, Gro; a 11 de febrero de 2013.